Perú

Tratados de Libre Comercio Bilaterales

Firma: 05/25/2011

Fecha de Entrada en Vigor: 01 de mayo de 2012

Ley N°82: 22 de diciembre de 2011

    • Se logró acceso inmediato para nuestras exportaciones hacia Perú que se identificaron en ese momento (medicamentos, productos del mar y aceites lubricantes).
    • Perú liberó a la entrada en vigor el 77% de su universo arancelario abriendo nuevas oportunidades para los empresarios panameños.

  • Se acordaron disposiciones novedosas como lo es la acumulación ampliada que permite utilizar insumos peruanos y centroamericanos (Costa Rica, El Salvador, Guatemala y Honduras) para fabricar mercancía sin que al final esa mercancía deje de considerarse originario de Panamá.

  • El Capítulo de Transporte Marítimo garantizará un trato no discriminatorio a los buques de bandera panameña, con respecto al libre acceso a los puertos, y todas las facilidades garantizadas por éste.
  • El Capítulo de Servicios Financieros garantizará la aplicación de medidas que permitan el establecimiento de empresas que ofrecen servicios bancarios, así como la contratación transfronteriza de ciertos seguros como el de transporte marítimo de mercancías, reaseguros y retrocesión.

  • El Capítulo de Inversiones incluye disciplinas modernas que garantizan la protección y seguridad jurídica de los negocios entre empresarios de ambos países y acceso directo del inversionista a un sistema de Solución de Controversias Inversionista-Estado.

  • Se establece el Capítulo V (Cooperación y Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Aduaneros), para atender asuntos propuestos por las Partes para la adopción, aplicación o ejecución de los capítulos referidos a Facilitación del Comercio y Procedimientos Aduaneros para impulsar la cooperación conjunta de las Partes para el desarrollo y mejoramiento de todos los temas concernientes a procedimientos aduaneros.
  • Además, se establecen algunas disposiciones sobre Cooperación en el texto del Tratado en los siguientes capítulos:
    • Capítulo VI: Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
    • Capítulo VII: OTC
    • Capítulo VIII: Defensa Comercial
    • Capítulo IX: Propiedad Intelectual
    • Capítulo X: Contrataciones Públicas
    • Capítulo XI: Política Comercial
    • Capítulo XV: Servicios Marítimos
    • Capítulo XVII: Entrada Temporal de Personas de Negocios
    • Capítulo XVIII: Solución de Diferencias

  • Orquídeas incluidos sus esquejes enraizados
  • Cacao en polvo sin adición de azúcar ni otro edulcorante
  • Artículos de confitería sin cacao (incluido el chocolate blanco)
  • Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao
  • Polvos preparados para esponjar masas
  • Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior al 80 % por volumen
  • Mezclas de sustancias odoríferas y mezclas (incluidas las disoluciones alcohólicas) a base de una o varias de estas sustancias de los tipos utilizados como materias básicas para la industria