Trinidad y Tobago

Acuerdo de Alcance Parcial

Firma: 03/10/2013

Fecha de Entrada en Vigor: 04 de julio de 2016

Ley N°7: 20 de marzo de 2015

    • En esta negociación se usó un enfoque de listas positivas; es decir, solicitud/ oferta, por lo que no se negoció todo el universo arancelario de productos.
    • Panamá obtuvo preferencias en 270 líneas arancelarias; mientras que Trinidad y Tobago consiguió preferencias en 219 líneas.
    • Las preferencias otorgadas a Panamá fueron tanto en mercancías agrícolas, como industriales.
    • Nuestro país alcanzó preferencias arancelarias en mercancías en las que Trinidad y Tobago había manifestado tener sensibilidades, como: carnes, lácteos, productos del mar, hortalizas y algunos productos procesados.
    • Acceso con 50% de preferencia arancelaria inmediata en las siguientes mercancías:
      • - Carne porcina
      • - Carne bovina
    • Reducción en 10 años del arancel de importación para las siguientes mercancías:
      • - Filetes de pescado ahumado
      • - Productos de confección
      • - Productos de papeles de publicidad
    • Acceso preferencial estacional (de junio a diciembre) en algunas hortalizas.

  • Se lograron reglas de origen que viabilizan nuestro acceso a mercado. Las Partes acordaron la figura de acumulación, que permitirá a nuestros exportadores utilizar insumos importados de terceros países, en determinadas mercancías, sin que las mismas pierdan su condición de originaria.
  • Dentro de las mercancías en las que es posible la acumulación, destacamos:
    • - Carne de hamburguesa
    • - Queso fundido
    • - Productos textiles
    • - Especies alimenticias (pimienta y jengibre).

  • Las Partes Acordaron a futuro establecer disposiciones sobre el comercio de servicios.

  • Las Partes Acordaron a futuro establecer disposiciones sobre inversiones.

  • En este Tratado se establecieron los capítulos XIX y XX en el cual se crean mecanismos de cooperación especialmente dirigidos a fortalecer:
    • (a) El uso de sistemas automatizados para mejorar el intercambio transfronterizo de documentación comercial entre ambas Partes;
    • (b) El intercambio de datos del registro de naves;
    • (c) Transbordo de mercancías;
    • (d) Mercancías en tránsito internacional;
    • (e) Prácticas comerciales.

  • Depósitos, barriles, cajas y similares, de aluminio.
  • Leche/crema concentrada, con edulcorante.
  • Camarones y langostinos, congelados.
  • Azúcar de caña.
  • Huevos de gallina con cáscara.